Esencialmente, la respuesta es Sí. Ahora bien, existe una normativa con carácter restrictivo, cuyo espíritu es el de preservar el hábitat natural, y paliar las catástrofes ecológicas que son fruto de la edificación incontrolada en terreno rústico (deforestación, extinción de especies autóctonas, contaminación, etc...).
Lo primero que debemos de tener en cuenta a la hora de saber si podemos, como y cuanto podemos edificar en la parcela cuya adquisición nos interesa, es el EPIGRAFE en que dicha finca se encuentra enclavada.
EPIGRAFE: Calificación dada en base a criterios como: tipo de vegetación, belleza paisajística, interés agropecuario, etc...
Dependiendo de dicho dato, podemos encontrar particularidades y diferencias notables entre dos porciones de suelo, aparentemente iguales. Así, por ejemplo, en un Epígrafe “normal” (van por números), la superficie requerida para poder edificar sin límites de alturas o metros de planta será de 1,5 hectáreas, mientras que en un epígrafe “protegido” será de 2,5 hectáreas.
Una hectárea y media, (y no digamos dos y media), puede llegar a ser “demasiado” terreno para alguien que solamente busca en La Vera un lugar de fines de semana o vacaciones, por lo que existen, además de esas ofertas “King Size”, otras opciones.
REHABILITACION (Imaging)
Otra posibilidad, es la de rehabilitar antiguos edificios en ruinas (secaderos de tabaco, molinos.. etc..) En este caso, sin depender de la superficie del terreno, podremos construir la planta del edificio inicial. Para este supuesto, existen subvenciones de la CEE (Proyecto “Leader Plus”) por rehabilitación de edificios de hasta 18.000 euros.
Es habitual que en el medio rural nos digan: “No tenemos escrituras”, refiriendose, no a que las hayan perdido, sino a que nunca se han hecho.
Esto, para la mentalidad urbana, resulta, cuanto menos, chocante, cuando no preocupante, dado que en urbana, habitualmente, todo esta escriturado e inscrito en el Registro de la Propiedad, con su descripción correcta, etc... Pues bien, en rustica, en muchos, casi la mayoria de los casos, no es así. Antiguamente, sobre todo en nucleos pequeños de poblacion, la practica más habitual era el contrato privado, e incluso el simple “apreton de manos”. Todo el mundo sabia a quien pertencian las fincas, por lo que toda la burocracia actual, resultaba innecesaria. Con el crecimiento de dichas poblaciones, y por tanto del trafico hipotecario (compra-ventas, hipotecas, etc..), surge la necesidad de crear un medio para controlar dicho trafico, lo cual, en primer lugar se ha notado en las grandes ciudades, y ahora, paulatinamente, en el campo. Para facilitar la primera inscripción de una finca no inscrita previamente (inmatriculación), existe el procedimiento que contempla el articulo 205 de la Ley Hipotecaria y concordantes. Es importante averiguar quien es el titular catastral de la finca, bien a través del padrón municipal, bien a través de la Gerencia Territorial del Catastro.
En cualquier caso, no debemos alarmarnos por este hecho, sino simplemente, asesorarnos debidamente para proceder a otorgar las escrituras pertinentes e inmatricular la finca en el Registro de la Propiedad. Para ampliar dicha informacion, no dude en enviarnos un e-mail o contactar con nosotros en los teléfonos que se indican en esta web.
Tanto la Comunidad Autónoma a la que pertenezca el municipio en el que radique la finca, como la Comunidad Economica Europea, cuentan con diversos programas de ayudas, bien sean para promocionar la creación de nuevos establecimientos de turismo rural, la rehabilitacion de antiguos edificios, la mecanizacion del campo, etc.
En el Caso de la Vera, pueden dirigirse al ADL (Agente de Desarrollo Local) de su municipio, o bien directamente a la asociacion “ADICOVER”, allí le informarán ampliamente de dichas ayudas, bien de tipo autonómico, bien de fondos de la CEE (Proyecto Leader Plus).
Sí, es necesario obtener permisos:
En estos organismos, le informarán de la distancia a la que debe de tirarse el alambre si estuviera a pie de carretera, el tipo de alambre (si es ganadero, téngase en cuenta que los cuadros mas anchos deberan colocarse en la parte baja de la alambrada ), etc...
Esta es, aunque parezca sencilla, una pregunta compleja e importante que nos formulan con frecuencia. Afortunadamente, la Comarca de la Vera, ademas de un muy elevado indice pluviometrico, cuenta con numerosísimas corrientes subterraneas, por lo que es raro no encontrar agua en practicamente cualquier finca. Ahora, el dinero que nos vaya a costar encontrarla y extraerla, es algo sumamente variable.
Existen varios factores importantes a tener en cuenta:
Sea como fuere, por nuestra experiencia, dependiendo de la eleccion de bomba , sistema, y porque no, de la suerte que se tenga, los precios viene a ser, no inferiores a 1.200 euros, y no superiores a 4.500 euros.
“Llevar la luz” a una finca, es otra de las cuestiones a valorar detenidamente al adquirir una finca que aun no cuenta con este servicio. Tan necesaria hoy en día como el agua corriente, es la obtencion de energía eléctrica.
Ventajas de la energia tradicional:
Inconvenientes de la energia tradicional:
Ventajas de la energia solar:
Inconvenientes de la energia solar:
Ventajas de los generadores:
Inconvenientes de los generadores:
CONCLUSIONES:
Como siempre, la elección depende de numerosos factores. Si no es necesaria una obra demasiado costosa, desde luego es aconsejable la energia tradicional. Ahora bien, no debe despreciarse la posibilidad de una instalacion mixta (Generador-Solar). De este modo, instalando pocas placas (una instalacion para ocho puntos de luz puede constar alrededor de 3.000 euros) para el consumo habitual, y un generador para momentos puntuales en que se necesite energia extra (con la obra de insonorizacion se puede tener desde 600 euros), cubriremos con poco dinero, poca contaminación y poco ruido, nuestras necesidades.
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